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Auction 768, Lot # 86

DI - Marichalar, Anselmo Rafael de / Tamez, Facundo /Melo, Lorenzo A. / Garza, Juan José de la.
Decretos y Circulares del Gobierno - Secretaria y Administración de Renta de Nuevo León.
a) Marichalar, Anselmo Rafael de.
Gobierno del Departamento de Nuevo León.
"… El supremo poder conservador, ecsitado por la suprema corte de justicia, con arreglo al párrafo 2o. artículo 12 de la segunda ley constitucional, ha venido en declarar y declara: Haber sido nula la circular expedida por el supremo gobierno en 8 de Abril del presente año, relativa a abusos de la libertad de imprenta, por contraria al párrafo 7o. artículo 2o. de la primera ley constitucional, y al 8o. artículo 18 de la cuarta…".
Monterrey, 18 de Agosto de 1839. Rúbrica.
b) Tamez, Facundo.
Secretaria de Gobierno del Departamento de Nuevo León.
"Terminada la licencia que el Supremo Gobierno concedió al Ecsmo. Sr. Gobernador para separarse del Gobierno del Departamento; ha vuelto hoy al ejercicio de sus funciones. Lo que aviso a V.S. para su conocimiento y efectos consiguiente protestándole mi consideración y aprecio.".
Monterrey, Agosto 16 de 1840.
c) Melo, Lorenzo A.
Administración Pral. de Rentas del Departamento de Nuevo León.
"Habiéndose servido el Ecsmo. Sr. Gobernador de este Departamento nombrarme interinamente Administrador principal de rentas del mismo, á virtud de haberle concedido al Sr. D. Juan José de la Garza separarse de dicho empleo, entretanto el Supremo Gobierno tiene a bien admitirle su renuncia y nombrar en propiedad la persona que deba sustituirlo, me he encargado desde hoy del despacho de esta oficina, no obstante la notoria cortedad de mis conocimientos en el difícil ramo de la hacienda…".
Monterrey, 1o. de Abril de 1840. Rúbrica.
d) Garza, Juan José de la.
Administración Principal de Rentas de Nuevo León.
"Habiendo dispuesto el Escmo. Sr. Gobernador de este Departamento mi separación de la administración principal de rentas, por las causales que repetidas veces he tenido el honor de esponerle al efecto, y determinado se encargue de ella el Sr. D. Lorenzo Antonio de Melo, mientras el Supremo Gobierno nombra en propiedad al individuo que deba desempeñarla con este carácter; lo aviso a V. para que desde luego se entienda directamente con el espresado Sr. Melo en todo lo concerniente a dicha administración, cuya firma va estampada al margen para su debido reconocimiento.".
Monterrey, 31 de marzo de 1840. Rúbrica y firma.
Total de piezas: 4.
Estimado $8,000-10,000


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